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No es infrecuente que en la aceptaci贸n de trabajos por parte de revistas pretendidamente cient铆ficas y聽editoriales influyan cuestiones alejadas de valoraciones objetivas y neutrales. Muchos聽trabajos son filtrados en funci贸n de criterios espurios; querencias, relaciones privilegiadas e intereses inconfesables, que a veces llevan a seleccionar trabajos mediocres y a dejar en la estacada a autores y obras dignas de elogio.

05.02.2012

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SOBRE LAS LIBERTADES

 

de John Rawls (ediciones Paid贸s, reimpresi贸n 1996).

T铆tulo original 鈥淭he Basic Liberties and Their Priority鈥 (p谩gs. 1-87 de Tanner Lectures on Human Values, vol. 3), publicado en ingl茅s por University of Utah Press and Cambridge University Press.


Rese帽a a cargo de Jos茅 Luis Mart铆n Moreno

El texto debe entenderse en conexi贸n con la obra A Theory of Justice, que el mismo autor public贸 en 1971. De la importancia de la obra de John Rawls (profesor de filosof铆a pol铆tica en la Universidad Harvard, fallecido en 2002), da cuenta Victoria Camps, en la introducci贸n del libro comentado, al se帽alar que probablemente se trata del sistema de 茅tica m谩s importante del pensamiento contemp谩neo; una teor铆a filos贸fica de la justicia como base de los derechos y obligaciones pol铆ticas, cuyo sujeto son, en primer t茅rmino, las instituciones y estructuras b谩sicas de las sociedades avanzadas. Dicha conexi贸n es visible en el libro Sobre las libertades, en el que aparece recurrentemente la idea de 鈥渏usticia como equidad鈥.

En su punto de partida, el 鈥渆stado originario鈥, que ocupa en su tesis el lugar del 鈥渆stado de naturaleza鈥 propio de las conocidas teor铆as del contrato social.聽En la posici贸n original, los individuos est谩n condicionados por el 鈥渧elo de ignorancia鈥, otra idea principal que aparece frecuentemente en el libro (las alegor铆as de la Justicia se suelen representar con los ojos vendados como recuerda V. Camps).

Sin conocer, en ese estado, su posici贸n, fortuna, etc., son los individuos, seres racionales, los que adoptan una decisi贸n sobre la sociedad en que han de vivir. Desde este punto de partida asoman dos principios fundamentales, como son el de las libertades b谩sicas iguales y el de legitimaci贸n de las desigualdades sociales y econ贸micas s贸lo bajo ciertas condiciones. En concreto, estos dos principios de justicia dicen as铆:

鈥1.潞 Toda persona tiene igual derecho a un r茅gimen plenamente suficiente de libertades b谩sicas iguales, que sea compatible con un r茅gimen similar de libertades para todos.

2.潞 Las desigualdades sociales y econ贸micas han de satisfacer do condiciones. Primero, deben estar asociadas acargos y posiciones abiertos a todos en las condiciones de una equitativa igualdad de oportunidades; y, segundo, deben procurar el m谩ximo beneficio de los miembros menos aventajados de la sociedad.鈥 (p谩g. 33).聽

En coherencia con lo anterior, se帽ala quela justicia conciernea la estructura b谩sica como marco institucional en el que se desarrollan y ejercen los dones y capacidades de las personas, y en el que existen las diversas asociaciones de la sociedad. En una sociedad donde el la idea del m茅rito est谩 muy arraigada, John Rawls expone la importancia de la transparencia, y en concreto de la relevancia de las ofertas de empleos y otros cargos, que contienen informaci贸n necesaria para mantener la igualdad de oportunidades, recordando que la primera parte del segundo principio de justicia exige que las desigualdades sociales y econ贸micas est茅n asociadas a puestos y empleos abiertos a todos en condiciones de equitativa igualdad de oportunidades (p谩g. 113).聽

Dando por descontado que existen conflictos entre las diferentes libertades b谩sicas, y haciendo notar que las libertades b谩sicas no s贸lo se limitan mutuamente, sino que son autolimitantes (p谩g. 88), se帽ala que la prioridad de la libertad implica en la pr谩ctica que s贸lo puede limitarse o negarse una libertad b谩sica en raz贸n de una o m谩s libertades b谩sicas restantes y nunca por razones de bien p煤blico o razones perfeccionistas. Afirma el autor que s贸lo puede negarse una libertad b谩sica (p谩g. 37).聽

De cara a la praxis pol铆tica una advertencia fundamental es la que formula el autor se帽alando que siempre que aumentamos las libertades b谩sicas nos arriesgamos a debilitar la protecci贸n de las m谩s esenciales. Esto, por obvio que parezca, sugiere interesantes reflexiones sobre la evoluci贸n de determinadas normas en nuestro entorno m谩s cercano.聽

Es verdad que la enunciaci贸n de las libertades b谩sicas en la obra comentada estar铆a necesitada de no pocas precisiones, pero el discurso de John Rawls es concreto cuando lo estima pertinente. Y as铆, llega a afirmar, por ejemplo, que la herencia no formar铆a parte de la libertad esencial de propiedad.聽

Lo que s铆 subraya es que de entre los cinco bienes primarios enumerados en la Teor铆a de la Justicia, las libertades de pensamiento y conciencia se sit煤an primer lugar (tras ellas est谩 la libertad de movimiento y libre elecci贸n de ocupaci贸n. Las libertades de pensamiento y conciencia no son conmensurables. Con ellas se conforma nuestra concepci贸n religiosa, filos贸fica y moral de nuestra relaci贸n con el mundo. Sin perjuicio de lo anterior, tambi茅n apunta que la libertad de conciencia necesita a la libertad de asociaci贸n para darle efecto. Estas dos libertades forman un t谩ndem (p谩g. 57).

M谩s adelante dice que la libertad de conciencia y la de asociaci贸n han de asegurar la aplicaci贸n efectiva, plena e informada de las facultades de la raz贸n deliberante de los ciudadanos para la formaci贸n, revisi贸n y prosecuci贸n racional de una concepci贸n del bien durante toda la vida. Las libertades b谩sicas restantes ser铆an las soportantes (libertad de movimientos, integridad de la personas y derechos y libertades cubiertos por el principio de legalidad, son necesarias para garantizar las libertades b谩sicas precedentes.

Una idea fundamental, cuya asunci贸n probablemente evitar铆a pol茅micas est茅riles que estamos viviendo actualmente, es la que expresa el camino para que seamos miembros de una sociedad plenamente cooperante. En esta direcci贸n dice John Rawls que el sentido de la justicia compartido es el resultado de tiempo y cultivo y es m谩s f谩cil de destruir que de construir. (p谩g. 61). Poco despu茅s recuerda que nuestro sentido de la val铆a propia, as铆 como la confianza en nosotros mismos, dependen del respeto y de la reciprocidad que nos muestran los dem谩s.聽聽聽聽聽聽聽聽聽

Para quienes disfrutan contrastando las teor铆as con los casos que proporciona la rica praxis jur铆dico-pol铆tica, la 煤ltima parte del libro es ideal. En ella subraya el autor, refiri茅ndosea las tesis de Kalven, que la ausencia de 鈥渓ibelo sedicioso鈥 como delito es la verdadera prueba pragm谩tica de la libertad de expresi贸n. Por ello manifiesta que la defensa de doctrinas revolucionarias y subversivas est谩 plenamente amparada. Aqu铆 es donde el libro adquiere mayor grado de concreci贸n. Indica John Rawls la importancia del caos N.Y. Times v. Sullivan, en la que el Tribunal Supremo no s贸lo rechaz贸 el delito de libelo sedicioso, sino que declar贸 inconstitucional en ese momento el Acta de sedici贸n de 1798. Incluso estar铆an amparadas, dentro de ciertos l铆mites, ideas que incitan a la fuerza il铆cita, y en tal sentido cita tambi茅n una serie de casos, desde Schenck a Brandenburg, en los que analiza este problema. Fue en Schenck, cuando Holmes formul贸 la conocida 鈥渞egla del peligro claro y presente鈥, aplicada en el caso Dennis. Quedar铆an exceptuadas las expresiones defendiendo el uso de la fuerza cuando se tratara de una acci贸n il铆cita inminente. En el caso Gitlow fueron considerados expresiones que incitaban al derrumbamiento del gobierno, con peligro para la paz y la seguridad.

Fuera de esos supuestos, observa elautor que no debe prohibirse la libertad de expresi贸n, y que si se deja expresar las opiniones y los agravios profundos, no pasan inadvertidos, ni se vuelven s煤bitamente peligrosos. Las instituciones democr谩ticas, dice, no son tan fr谩giles como para ser barridas por las expresiones subversivas. S贸lo un peligro grave e inminente; s贸lo una emergencia podr铆a justificar la represi贸n, sin que baste la simple posibilidad de da帽os materiales o alguna violencia; el peligro debe ser grave. Recuerda el autor que para Holmes era una cuesti贸n de proximidad y grado de peligro. John Rawls apuesta en este punto por el concepto de crisis constitucional, en el que las instituciones democr谩ticas no pueden operar para resolver las emergencias. Esta es, sin duda, la parte del libro que resulta m谩s asequible para quienes no est谩n al tanto de las anteriores obras de John Rawls.

   
 
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